Los autores informan que no existe conflictos de intereses.
DILEMMAS FACED BY EXPERT PHYSICIANS IN THE FACE OF PUERPERL PSYCHOSIS RELATED TO INFANICIDE
Ana Laura de Carvalho Satti (1)
https://orcid.org/0000-0001-6534-5788
Maria Carolina Sartório (1)
https://orcid.org/0000-0001-7253-9732
Matheus Santos Guimarães de Moura (1)
https://orcid.org/0000-0002-2797-883X
Ivan Dieb Miziara (2)
https://orcid.org/0000-0001-7180-8873
(1) Hospital das Clínicas da Universidade de São Paulo, Departamento de Medicina Legal, Bioética, Medicina do trabalho e Medicina física e reabilitação da Faculdade de Medicina da Universidade de São Paulo (USP), São Paulo – SP, Brasil. (autor)
(2) Hospital das Clínicas da Universidade de São Paulo, Departamento de Medicina Legal, Bioética, Medicina do trabalho e Medicina física e reabilitação da Faculdade de Medicina da Universidade de São Paulo (USP), São Paulo – SP, Brasil. (orientador)
Email: a.laurasatti@hc.fm.usp.br
RESUMEN
Introducción: La psicosis posparto se define como un tipo de trastorno psicótico breve que ocurre en las primeras tres semanas después del parto, pero, predominantemente en las primeras 48-72 horas, a pesar de ser rara (0,1 a 0,2%) es de urgencia médica y debe ser tratada lo antes posible. La presencia de síntomas prodrómicos (irritabilidad, cambio brusco de comportamiento entre otros) que evolucionan rápidamente hacia un cuadro psicótico (delirios y alucinaciones). En este contexto, el infanticidio es el ápice para la interpretación forense. En 2021, The Lancet publicó un artículo cuestionando si la psicosis posparto es una nueva enfermedad. Ni CID ni DSM tomaron este diagnóstico como una enfermedad distinta. Objetivo: Exponer los principales conflictos enfrentados por los peritos médicos frente al supuesto delito de infanticidio bajo la óptica del Código Penal. Marco conceptual: El establecimiento del nexo causal entre el estado de psicosis posparto y el infanticidio es una tarea muy difícil y depende, muchas veces, de los documentos del médico asistente. Metodología: Estudio realizado en el Departamento de Medicina Legal, Bioética, Medicina Laboral y Medicina Física y de Rehabilitación de la Facultad de Medicina de la Universidad de São Paulo. Se realizó una revisión narrativa de literatura con enfoque en los signos y síntomas sugerentes o concluyentes de una psicosis posparto frente al delito de infanticidio. Se accedió a artículos en las bases de datos Lilacs y PubMed, aplicando los descriptores «trastorno psicótico», «psicosis posparto», «pericia»; también se incluyeron libros y textos. No se estableció un límite de tiempo en la búsqueda, pero se incluyeron artículos obtenidos integralmente. Resultados: El artículo 123 del Código Penal, de 1940, determina que el delito de infanticidio es “matar, bajo la influencia del estado posparto, al propio hijo, durante el parto o inmediatamente después: Pena – prisión de dos a seis años.”, en este punto es visible la dificultad para definir concretamente lo que es «inmediatamente», como también establecer los criterios mentales que tornaron a ese delito en una acción en la que la mujer no tenía noción del hecho realizado. La ciencia aún tiene dificultades para establecer la nosología y la relación temporal entre el inicio de las alteraciones mentales y el parto y qué cambios biológicos están involucrados, estas son palabras de uno de los mayores investigadores del tema, Patrick McGorry. La búsqueda de una relación genética entre el trastorno bipolar y la psicosis posparto ha sido expuesta. Pero, otra cuestión a ser discutida, no todas las psicosis posparto están ligadas al infanticidio. Otro dilema enfrentado es la falta de hábito en aplicar los términos infanticidio y neonaticidio con sus designaciones individuales. El primero sería el homicidio de un niño en el primer año de vida por su madre y el segundo sería el homicidio en las primeras 24 horas de vida. La cuestión central para el perito médico es establecer si el neonaticidio deviene de una cuestión social en la que el niño es indeseado o si deviene de un trastorno disociativo, de despersonalización o alucinatorio en el que la madre no presenta la capacidad de entendimiento y autodeterminación. La literatura médica raramente relaciona el neonaticidio con una enfermedad mental. Le cabe al perito médico establecer con rigor técnico que en el momento del acto delictivo la mujer estaba bajo una condición de enfermedad que abolió completamente su capacidad. De esta forma, el perito médico debe realizar la pericia cumpliendo con el rito técnico y solicitar documentación médica sobre las condiciones clínicas y mentales de la peritada en la época del puerperio. La búsqueda de factores de riesgo puede auxiliar al médico, pero es necesario saber que el perfil de las mujeres varía conforme a la tipología del hecho, esto es, neonaticidio e infanticidio. Los diagnósticos diferenciales entre síndrome de identificación errónea delirante que puede estar acompañada de una hostilidad en relación a la identificación errática delirante, el síndrome de Capgras en el que la mujer puede creer que su hijo fue cambiado y que el niño delante de ella es un impostor. Por la fugacidad de los síntomas psicóticos, la pericia psiquiátrica que determina la imputabilidad de la madre infanticida frecuentemente es realizada en la ausencia de cualquier manifestación clínica de psicosis. Conclusión: La pericia psiquiátrica de la mujer que alega psicosis posparto es desafiante por la fugacidad del cuadro sintomático y la realización tardía. Se basa en el análisis de documentación médica – desde el momento del parto y el puerperio – sintomatología descripta por familiares próximos, por la epidemiología del cuadro y su asociación con trastornos del humor.
Palabras-clave: psicosis, psicosis puerperal, infanticidio.
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